Derechos y discriminación y en otros ámbitos

La discriminación hacia las personas que viven con VIH no se limita al ámbito laboral o sanitario, sino que, lamentablemente, se extiende a numerosas esferas de la vida cotidiana.

El equipo de gTt

Como muestra el registro de la asesoría legal del Observatorio de Derechos Humanos y VIH de Red2002, algunos de los temas que suscitaron más consultas tras empleo y sanidad fueron bienestar social, seguros, vida familiar, administración pública, justicia, vivienda o educación.

En el terreno de los servicios financieros, y pese a que las personas con VIH pueden disfrutar de una vida laboral larga y productiva, las entidades crediticias y aseguradoras continúan aplicando la misma política que en la década de 1980. La obligatoriedad de la prueba del VIH y de notificar el estado serológico para poder acceder a un crédito hipotecario o a un seguro de vida suponen, en la práctica, un acto de discriminación y una limitación del derecho a la vivienda.

El informe FIPSE sobre discriminación y VIH/sida, publicado en 2005, registró diversas prácticas discriminatorias en estos mismos ámbitos. Así, recogió varios casos en los que se exigió la prueba del VIH al negociar un contrato de alquiler o donde se produjo la expulsión del domicilio por razón del estado serológico.

La discriminación no afecta sólo a particulares. Por ejemplo, la Asociación Murciana de VIH (AMUVIH) denunció, en mayo de 2008, la discriminación que sufrió su organización al intentar alquilar un piso para desempeñar sus actividades dirigidas a las personas que viven con VIH en la región de Murcia.

Otra fuente de discriminación en el acceso a servicios o establecimientos públicos es consecuencia directa de la injustificada catalogación del VIH como enfermedad infectocontagiosa (véase Iniciativas para reducir el estigma y la discriminación). Así, se han comunicado dificultades de acceso en piscinas e instalaciones deportivas, programas de termalismo del IMSERSO, obtención de visados en consulados españoles en el extranjero, pruebas de empleo público, etc. Aunque en todos estos casos la denegación o restricción de acceso es ilegal, la incorrecta interpretación del requisito de no padecer enfermedad infectocontagiosa puede causar problemas a las personas con VIH.

En todos estos casos, la legislación española ampara a las personas con el virus de la inmunodeficiencia humana, y existen recursos a tu alcance para hacer valer tus derechos (véase ¿Qué puedes hacer si se han vulnerado tus derechos?).

Fuente: Elaboración propia.
Referencias:
Observatorio de Derechos Humanos y VIH. Informe de consultas (del 1 de enero al 31 de octubre de 2008).
http://www.observatorio.red2002.org.es/

Fundación para la Investigación y la Prevención del sida en España. Discriminación y VIH/sida 2005. Estudio FIPSE sobre discriminación arbitraria de las personas que viven con VIH o SIDA. www.fipse.es/Informe%20discriminacion.pdf

Enlace:
Reseña en el número 40 de Lo+Positivo sobre la discriminación que sufrió la asociación murciana AMUVIH:
http://gtt-vih.org/publicaciones/lo_mas_positivo/lmp40/estigma_y_discriminacion_asignatura_pendiente

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